en caso de accidente durante su reforma ¿quién es responsable?

Al hilo de una entrada que escribí en el portal Habitissimo hace un par de años, y comentando esta misma semana con un cliente de nuestro estudio de arquitectura, me apetece compartir con vosotros una vez más el comentario al respecto sobre la responsabilidad en caso de que ocurra un siniestro o un accidente laboral.

«Es el propietario de la vivienda y promotor es el responsable de cualquier siniestro que pueda ocurrir dentro de la vivienda material o a personas físicas (trabajadores y terceras personas que se puedan ver afectadas por accidentes)»

Esa es la PREMISA PRINCIPAL que tenemos que tener en mente. Ya que un siniestro o accidente lo podemos minimizar con medidas de prevención pero nunca erradicar al cien por cien.

10 aspectos a tener en cuenta para elegir a la empresa de reformas adecuada

prevención de riesgos laborales
  1. TC1 TC2 de todos y cada uno de los trabajadores que pisan la obra, en caso de que sean autónomos subcontratados tendrán que aportar en obra su contrato de prestación de servicios con la empresa contratista y su recibo de estar al día en el pago de autónomos (rondan en la actualidad los 365 euros mes).
  2. Seguro de accidentes de los trabajadores anteriores(el convenio en Madrid lo exige la contratación de póliza de seguro de accidentes lesiones y fallecimiento)
  3. Seguro de RSC responsabilidad civil extracontractual minimo 300.000 euros de póliza
  4. Servicio de prevención ajeno de accidentes laborales o técnico responsable cualificado propio (necesita el curso superior de PRL).
  5. certificado de estar al corriente de pagos con Hacienda y con la Tesorería de la Seguridad Social (ya que si tiene incidencias la empresa los pagos que realice a la misma se los va a reclamar las anteriores Administraciones y tendrá que pagar la multa correspondiente).
  6. Asegúrese de que la empresa existe buscando por cif y razón social en informa o axesor por internet y de que tanto la empresa como el administrador no tiene incidencias como juicios por negligencias en obras mal rematadas.
  7. La factura de los trabajos y los pagos por banco serán su garantía de que en caso de necesitar reclamar podrá ejercer sus derechos como consumidor
  8. Recuerde que por ley tiene un mínimo de un año de garantía en todos los trabajos y que puede haber empresas que mejoren esta garantía (en nuestros trabajos de reformas de viviendas ampliamos la garantía hasta cinco años por escrito)
  9. El presupuesto detallado en el contrato de obra y cerrado evitará que tenga partidas fuera de presupuesto y que controle toda la inversión que va a destinar a la mejora de su vivienda.
  10. Aplicar el sentido común, olvidarse de empresas que te reforman íntegramente la vivienda por 12.000 euros…ya que con esa cantidad, no se cubre ni siquiera el coste de todos los materiales; azulejos, materiales de albañilería y pladur, carpinterías, suelos, instalaciones de electricidad, fontanería y gas, radiadores, caldera, aires acondicionados, ventanas y cerramientos, puerta de entrada acorazada, rodapié, tarimas, puertas, armarios, mobiliario de cocina, sanitarios, inodoros, muebles de baño, plato de ducha y bañera, …